DECRETO regulador del Registro de Uniones Civiles de Campezo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAyuntamiento de Campezo
Rango de LeyDecreto

DECRETO regulador del Registro de Uniones Civiles de Campezo.

Decreto de Alcaldía número 4/98.

En Campezo, a veinte de enero de 1998.

Visto que con nuevos criterios se hace necesario actualizar la normativa reguladora del Registro de Uniones Civiles de Campezo, acomodándolo a las nuevas circunstancias sociales en general, y en particular del Municipio, en su virtud, se establece:

Articulo 1 ¿ El registro Municipal de Uniones Civiles del Ayuntamiento de Campezo, tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones no matrimoniales de convivencia en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente Resolución.
Articulo 2 ¿ Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas, incluso del mismo sexo, que por su libre y pleno consentimiento hayan constituido una unión de convivencia no matrimonial.
Articulo 3 ¿ Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en el Municipio de Campezo por su condición de residente habitual en el mismo.
Articulo 4 ¿ La publicidad del registro Municipal de Uniones Civiles quedará limitada exclusivamente a la expedición de certificaciones de sus asientos a instancia de cualquiera de los miembros de la...

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