ORDEN de 11 de diciembre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y transportes, de declaración del Casco Histórico de Deba como Área de Rehabilitación Integrada.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVivienda, Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyOrden

El artículo 17 del Decreto del Gobierno Vasco 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece como requisitos para la declaración de un conjunto como Área de Rehabilitación Integrada, tanto la publicación del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico correspondiente, como la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación por las Corporaciones Locales afectadas.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 5 de julio de 2011 se ha publicado el acuerdo municipal adoptado en la sesión de 31 de marzo de 2011 sobre aprobación definitiva del Texto Refundido del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Deba.

En el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 4 de junio de 2012 se ha publicado el anuncio relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Deba.

El 19 de noviembre de 2012 tiene entrada en este Departamento la solicitud de modificación de la Delimitación del Área a declarar, para ajustarse a la delimitación de Casco Histórico que recogen tanto la Revisión de las Normas Subsidiarias como el Plan Especial de Rehabilitación.

Así mismo, el Ayuntamiento de Deba se encuentra incorporado a Debegesa, Sociedad Urbanística de Rehabilitación del Bajo Deba.

Se desprende de todo ello que concurren, en relación con el...

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