ORDEN de 2 de octubre de 2017, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se aprueba la constitución de la Agrupación de Secretarías de los Juzgados de Paz de Artziniega, Ayala/Aiara, Okondo, Urkabustaiz y Valdegovía/Gaubea.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Trabajo y Justicia
Rango de LeyOrden

La actual legislación atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia para promover y efectuar Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.

El Decreto 411/1998, de 22 de diciembre, sobre Justicia de Paz, regula en su capítulo V las agrupaciones de secretarías de Juzgados de Paz, recogiéndose en su artículo 18 y siguientes los requisitos para la constitución de las mismas.

Los Ayuntamientos de Artziniega, Ayala/Aiara, Okondo, Urkabustaiz y Valdegovía/Gaubea han presentado ante este Departamento la solicitud para la constitución de una Agrupación de Secretarías integrada por los respectivos municipios, acompañada de la documentación preceptiva para su aprobación.

En su virtud, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, vistos los preceptos legales, y demás de aplicación,

Artículo 1 – Objeto.

Se aprueba la constitución de la Agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz de los municipios de Artziniega, Ayala/Aiara, Okondo, Urkabustaiz y Valdegovía/Gaubea, con sede en Ayala/Aiara.

Artículo 2 – Dotación de personal.

La Agrupación de Secretarías será servida por personal de la Administración de Justicia, su dotación se compondrá de una persona del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, que desempeñara la Secretaría de la Oficina Judicial de la Agrupación, y de otra del Cuerpo de Auxilio Judicial.

Artículo 3 – Régimen de funcionamiento.
  1. – La Secretaría de la Oficina Judicial de la Agrupación tendrá carácter itinerante, conservando cada Juzgado de Paz que la integra su sede en el municipio de pertenencia.

  2. – La Agrupación se sujetará al régimen de funcionamiento y organización interna propuesta por los Ayuntamientos respectivos al realizar la solicitud de constitución de la Agrupación. Conforme al mismo, se establece con carácter provisional, el siguiente sistema de presencia en cada Juzgado de Paz del personal al servicio de la Agrupación:

    Día: Juzgado de Paz

    Lunes: Artziniega

    Martes: Ayala/Aiara

    Miércoles: Okondo

    Jueves: Urkabustaiz

    Viernes: Valdegovía/Gaubea

  3. – Transcurridos tres meses desde la entrada en funcionamiento de la Agrupación, la persona que desempeña la Secretaría de la Oficina Judicial de...

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