DECRETO 408/2013, de 10 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Álava, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de mejora de trazado y ampliación de plataforma de la carretera A-3216, p.k. 64,96, intersección con la A-24) a p.k. 71,04 (origen de la zona urbana de Lapuebla de Labarca).

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

La Diputación Foral de Álava tras elaborar y aprobar formalmente el expediente para el «Proyecto de mejora de trazado y ampliación de plataforma de la carretera A-3216, p.k. 64,96, intersección con la A-24) a p.k. 71,04 (origen de la zona urbana de Lapuebla de Labarca)», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha de 9 de julio de 2013, la Diputación Foral de Álava acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Álava n º 144, de 22 de diciembre de 2010, y tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Laguardia y Lapuebla de Labarca. Con misma fecha de 9 de julio de 2013, el Consejo de Diputados acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado 19 alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Mejorar la seguridad vial en la carretera A-3216 mediante el ensanchamiento del firme y la realización de arcenes y bermas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal...

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