DECRETO 32/1990, de 13 de Febrero, por el que se crea la Comisión Interinstitucional de coordinación de actuaciones encaminadas a paliar los efectos de la sequía.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Lehendakaritza |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 32/1990, de 13 de Febrero, por el que se crea la Comisión Interinstitucional de coordinación de actuaciones encaminadas a paliar los efectos de la sequía.
La prolongada sequía que desde hace meses padece nuestra Comunidad
Autónoma exige la adopción por parte de las Administraciones públicas de medidas coordinadoras dirigidas a paliar los graves efectos que la ausencia de lluvias está originando en diversos sectores de la actividad económica y social.
La diversidad de los sectores perjudicados y el logro de la correcta articulación y máxima operatividad de las actuaciones pertinentes hacen precisa la coordinación y racionalización de los esfuerzos que, con tal objetivo, realizan las diferentes Instituciones.
A tal fin, es necesario crear una Comisión de carácter interinstitucional, como instrumento idóneo para la unificación de los criterios que han de presidir las actividades en este área. Dada la índole de dicha labor, el presente Decreto la configura como un órgano técnico de coordinación, sin perjuicio de las competencias que a cada una de las entidades en ella representadas corresponde, carácter que se refleja en su composición y en las atribuciones encomendadas a la misma.
Por todo ello, a propuesta de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su Sesión del 13 de febrero de 1990,
DISPONGO:
Se crea, adscrita a la Lehendakaritza, la Comisión interinstitucional de coordinación de actuaciones encaminadas a paliar los efectos de la sequía.
Dicha Comisión estará presidida por el Secretario de la Presidencia y formarán parte de la misma los siguientes miembros: 1. Por parte del Gobierno Vasco, un representante con rango de
Viceconsejero de cada uno de los siguientes Departamentos: a) Departamento de Interior. b) Departamento de Hacienda y Finanzas. c) Departamento de Cultura y Turismo. d) Departamento de Trabajo y Seguridad Social. e) Departamento de
Sanidad y Consumo. f) Departamento de Industria y Comercio. g) Departamento de
Agricultura y Pesca. h) Departamento de Transportes y Obras Públicas. i) Departamento de
Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente. 2. Un representante con rango de Diputado Foral de cada una de las
Diputaciones Forales. 3. Un representante de la Asociación de Municipios más representativa...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba