DECRETO 42/1981, de 17 de Marzo, por el que se crea, en el seno del Gobierno Vasco, la Comisión Económica
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 42/1981, de 17 de Marzo, por el que se crea, en el seno del Gobierno Vasco, la Comisión Económica
La diversidad de Departamentos del Gobierno cuya actuación incide en el área socioeconómica, aconseja establecer la debida coordinación para la elaboración de directrices y resoluciones, la programación de la política sectorial, y, en general, el examen de asuntos de interés común a varias Departamentos, así como la preparación y estudio previo de los problemas con objeto de facilitar las deliberaciones del Gobierno.
Todo ello determina la conveniencia dé crear la Comisión del
Gobierno, integrada por los Departamentos directamente interesados.
En su virtud, y a tenor de las facultades de organización que me atribuye el ordenamiento vigente, DISPONGO:
Económica, constituida en el modo que se señala en este Decreto y con las funciones que así mismo se establecen.
La Presidencia de ambas corresponde al Lehendakari del Gobierno
Vasco. Realizará las funciones de Secretario el Consejero de Economía y Hacienda, quien sustituirá al Lehendakari en la Presidencia de la reunión en los casos de no asistencia.
Política Territorial y Obras Públicas; Transportes, Comunicaciones y
Asuntos Marítimos; Agricultura; Comercio y Turismo; Industria y
Energía; Sanidad y Seguridad Social y Trabajo.
La Comisión Permanente estará constituida por los Consejeros titulares de los Departamentos de Economía y Hacienda, Industria y
Energía y Trabajo. Deberán ser así mismo convocados cualesquiera otros miembros del Pleno de la Comisión cuando el asunto a tratar afecte de modo especial a su Departamento.
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