DECRETO 221/1996, de 17 de septiembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 12120 por ingresos obtenidos en el Programa 12110 del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1996.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 221/1996, de 17 de septiembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 12120 por ingresos obtenidos en el Programa 12110 del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1996.

La Ley 6/1995, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1996, establece que el estado de gastos del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma totaliza, en cuanto a los créditos de pago, la cantidad de 699.357.600.000 pesetas, ascendiendo el estado de ingresos del citado Presupuesto al mismo importe.

El Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi, establece en su artículo 21, "Los créditos de pago correspondientes a transferencias corrientes con destino a ... Sociedades Públicas, tendrán para los perceptores la naturaleza de subvención en la medida necesaria para equilibrar su cuenta de pérdidas y ganancias, siendo así que si se hubieran entregado fondos en exceso tal cantidad tendrá la consideración de excedentaria sin ninguna declaración al efecto, debiendo en consecuencia reintegrarse a la Tesorería General del País Vasco".

Se han obtenido ingresos procedentes de la Sociedad Pública EJIE, S.A., correspondientes a la subvención mencionada en el párrafo anterior, por importe de 40.511.000 pesetas.

El Departamento de Hacienda y Administración Pública plantea unas necesidades crediticias de gasto para la realización de Obras en edificios e instalaciones de carácter multidepartamental.

Por tal motivo se procede a su habilitación de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.

En su virtud, previo informe favorable de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de septiembre de 1996.

DISPONGO:

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