DECRETO 195/1998, de 28 de julio, por el que se crean en el Territorio Histórico de Gipuzkoa tres Centros por desagregación del Centro Docente Público de Educación Infantil, Educación Primaria y BUP 'Alkartasuna', de Beasain.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 195/1998, de 28 de julio, por el que se crean en el Territorio Histórico de Gipuzkoa tres Centros por desagregación del Centro Docente Público de Educación Infantil, Educación Primaria y BUP "Alkartasuna", de Beasain.

La Ley 1/1993, de 19 de febrero de la Escuela Pública Vasca estructura el sistema educativo vasco no universitario en dos redes -pública y privada-, permitiendo en su Disposición Adicional 7.ª la libre opción de las ikastolas incluídas en el ámbito de aplicación de la Ley 10/1998, de 29 de junio, entre la confluencia en la red pública o su permanencia definitiva como centros privados.

En aplicación de lo dispuesto por la Disposición Adicional 7.ª de la Ley 1/1993, se dictó el Decreto 123/1993, de 4 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el ejercicio del derecho de opción de las ikastolas para su confluencia en la red pública, cuyo artículo 6.3 establece que cada una de la ikastolas que hubiese optado por la confluencia será creada como Centro Docente Público mediante Decreto del Consejo de Gobierno, integrándose en la red pública con carácter definitivo.

Así, mediante Decreto 73/1994, de 1 de febrero, se creó en el Territorio Histórico de Gipuzkoa el centro docente público de Educación Infantil, Educación Primaria y BUP denominado «Alkartasuna», lo que supuso la asunción de la titularidad de la ikastola «Alkartasuna» por parte de la Administración de la CAPV, así como de su personal en los términos a que hace referencia la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria.

Mediante Orden de 26 de octubre de 1994, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación se dispuso el cumplimiento del Auto de fecha 28 de julio de 1994, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso contencioso-administrativo número 1692/1994, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra el Decreto 73/1994, Auto en el que se dictaba la suspensión, mientras se resolvía el citado recurso, de dicho Decreto.

Por su parte, la Orden de 9 de julio de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación...

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