DECRETO 305/1991, de 7 de mayo, por el que se regula la identificación, censado y saneamiento del ganado porcino.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAgricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 305/1991, de 7 de mayo, por el que se regula la identificación, censado y saneamiento del ganado porcino.

La ejecución durante los últimos cinco años del programa de actuación contra determinadas enfermedades víricas de gran difusibilidad establecido en el Decreto 252/1985, de 30 de julio, ha supuesto una sensible mejora de la situación sanitaria existente en la cabaña de ganado porcino de la

Comunidad Autónoma del País Vasco, con la erradicación de la Peste Porcina

Clásica, Peste Porcina Africana y la Fiebre Aftosa. Sin embargo, la aparición de nuevos procesos, tales como la enfermedad de Aujeszky y la necesidad de actuar preventivamente, no obstante su erradicación, contra la

Peste Porcina Africana, exige el mantenimiento del programa de actuaciones emprendidas adaptándolas a la nueva situación epizootiológica. En su virtud, consultadas las Diputaciones Forales a propuesta del Consejero de

Agricultura y Pesca, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de mayo de 1991. DISPONGO:

Artículo 1 Ambito de aplicación.

El presente Decreto será de aplicación en todo el territorio de la

Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 2 Entidades ejecutoras

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7, b,2 de la Ley 27/1985, de 25 de noviembre, los Servicios de.

Ganadería territoriales dependientes de las Diputaciones Forales serán los encargados de desarrollar las actuaciones previstas en el presente Decreto encaminadas a la prevención de la Peste Porcina Africana y a ta erradicación de la Enfermedad de Aujeszky, en la cabaña porcina de la

Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, procederán a la...

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