DECRETO 231/1998, de 15 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, actuando como beneficiario a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Trazado del Interceptor Lamiako-Udondo-Universidad».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 231/1998, de 15 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, actuando como beneficiario a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Trazado del Interceptor Lamiako-Udondo-Universidad».

Por acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de 9 de diciembre de 1997, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Trazado del Interceptor Lamiako-Udondo-Universidad», acordándose posteriormente, en sesión celebrada el 8 de junio de 1998, solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

En la actualidad la práctica totalidad de las aguas residuales industriales y domésticas de los municipios de Leioa y Erandio se vierten a los cauces públicos sin ningún o con un mínimo tratamiento; como consecuencia de todo ello las aguas receptoras se encuentran altamente contaminadas.

La contaminación es fundamentalmente de dos tipos: orgánica, cuya consecuencia es reducir el contenido en oxígeno disuelto a valores próximos a cero en ríos poco caudalosos, como el Udondo y sus arroyos tributarios, y bacteriológica que se deja sentir especialmente en las playas de la Comarca con el consiguiente riesgo sanitario.

El vertido de aguas residuales a los cauces, se realiza a través de colectores que se integran en redes municipales inconexas entre sí, dada la carencia de una planificación comarcal del saneamiento. Asimismo la generalidad de los colectores de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR