DECRETO 175/1999, de 30 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Zigoitia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de Ampliación y Mejora de la Red de Saneamiento y Depuración de aguas residuales de Buruaga'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 175/1999, de 30 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Zigoitia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Ampliación y Mejora de la Red de Saneamiento y Depuración de aguas residuales de Buruaga".

Por acuerdo del Concejo de Buruaga, de 24 de noviembre de 1998 y previa deliberación de la Comisión de Gobierno, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Ampliación y Mejora de la Red de Saneamiento y Depuración de aguas residuales de Buruaga", acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose un escrito de alegaciones que fue resuelto en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación por las circunstancias siguientes:

La propia naturaleza de la obra, siendo indiscutible el carácter de primerísima necesidad, el tener una red de saneamiento mínimamente digna, más en el caso concreto, cuando no sólo resulta totalmente insuficiente y obsoleta, sino que además varias viviendas carecen de acceso al saneamiento (funcionando con insalubres fosas sépticas individuales), como así consta en el propio proyecto técnico.

La paralización de dichas obras a medio acabar, estando todo el pueblo impracticable, pues esta totalmente encharcado y embarrado, a la espera de la finalización de las obras.

La existencia de una prórroga de licencia de obras que finaliza el 31-3-1999, teniendo el pueblo de Buruaga dudas de que habiéndose concedido ya una prórroga, la Diputación Foral de Álava, pueda dar una nueva.

En definitiva, la propia naturaleza de la obra, unido a que las...

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