DECRETO 85/1983, de 16 de Mayo, de delegación de funciones en el Vicepresidente para el Desarrollo Autonómico, durante la ausencia del Lehendakari.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 85/1983, de 16 de Mayo, de delegación de funciones en el Vicepresidente para el Desarrollo Autonómico, durante la ausencia del Lehendakari.

En virtud de las facultades que me atribuye la Ley de Gobierno y de acuerdo con la misma,

DISPONGO:

Artículo primero

1. Delegar en el Vicepresidente para el Desarrollo Autonómico, de conformidad con lo establecido en el artículo 14, 1.°.2 de la Ley 7/1981, de 30 de Junio, del Gobierno las facultades contenidas en los artículos 7 y 8 de la referida Ley con las excepciones previstas en el artículo 39 de la misma. 2. La delegación se extiende también a las facultades enumeradas en las letras g) y m) del art. 8 de la Ley 711981 de 30 de Junio, del Gobierno:

Artículo segundo

La delegación de funciones a que se refiere el artículo anterior producirá sus efectos a partir del día 17 de Mayo del año en curso y finalizará en el momento de mi reincorporación a las actividades normales de despacho.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de Mayo de mil novecientos ochenta y tres.

El Presidente del Gobierno,

CARLOS GARAlKOETXEA URRIZA.

Materias:

DELEGACION DE COMPETENCIAS;

VICEPRESIDENTES;

VICEPRESIDENCIA PARA EL DESARROLLO AUTONOMICO

Referencias Posteriores

Derogada por DECRETO 198300096 de 28/05/1983 publicado con fecha 28/05/1983

Vicepresidencia del Gobierno

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