DECRETO 93/1986, de 15 de Abril, por el que se modifica la composición del Consejo General de Cultura Vasca - Euskal Kulturaren Kontseilu Orokorra.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 93/1986, de 15 de Abril, por el que se modifica la composición del Consejo General de Cultura Vasca - Euskal Kulturaren Kontseilu Orokorra.

El art. 3-4° del Decreto 392/ 1985 de 17 de Diciembre dispone que el Consejo de

Gobierno mediante Decreto, podrá acordar, en su caso, la modificación de la composición del Consejo General de la Cultura Vasca-Euskal Kulturaren Kontseilu

Orokorra, a propuesta del mismo por acuerdo adoptado con el voto favorable de la mayoria absoluta de sus componentes.

En sesión celebrada con fecha 24 de marzo del año en curso, el citado Organo

Consultivo acordó modificar su composición formulando a continuación, la preceptiva propuesta de Decreto.

Consecuentemente, a instancias del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de

Abril de 1986.

DISPONGO:

Artículo 1 Se modifica el articulo 3-1º del Decreto 392/1985 de 17 de

Diciembre por el que se crea el Consejo General de la Cultura Vasca-Euskal

Kulturaren Kontseilu Orokorra, que quedará redactado como sigue:

La composición del Consejo General de la Cultura Vasca-Euskal Kontseilu

Orokorra, será la siguiente: a) El Consejero de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco que actuará como

Presidente. b) El Viceconsejero de Cultura del Gobierno Vasco. c) Un vocal nombrado a propuesta de cada una de las Diputaciones Forales correspondientes a los Territorios Históricos que integran la Comunidad

Autónoma del País Vasco. d) Un vocal nombrado a propuesta del Rector de la Universidad del País

Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea. e) Un vocal nombrado a propuesta de la Real Academia de la Lengua

Vasca-Euskaltzaindia. f) Un vocal nombrado a propuesta de la Real Sociedad de Estudios Vascos-Eusko

Ikaskuntza. g) Un vocal nombrado a propuesta de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País. h) Un vocal nombrado a propuesta del Rector de la Universidad de la Iglesia de

Deusto.

Artículo 2 La presente...

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