DECRETO 386/ 1985, de 30 de Diciembre, sobre variación de créditos en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1985 en materia de Policía Autónoma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEconomia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 386/ 1985, de 30 de Diciembre, sobre variación de créditos en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1985 en materia de Policía Autónoma.

Los apartados 1 y 2 del artículo 19 de la Ley 4/ 1985, de 28 de Mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1985, establecen que tendrán el carácter de créditos variables los destina dos a financiar las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de Policía, tanto se refieran a Policía en Formación como a

Policía en Servicio, pudiendo ser incorporados o ampliados, y anulados o reducidos en función de lo establecido en los Acuerdos de la Comisión Mixta de cupo sobre Financiación de la Policía Autónoma.

La variación de créditos se efectuará mediante el correspondiente

Decreto del Gobierno que deberá ser publicado en el Boletín Oficial del País Vasco.

Como consecuencia de haberse firmado, con fecha 27 de Septiembre de 1985, un Acuerdo de la Comisión Mixta de Cupo en relación con los módulos de financiación de la Policía Autónoma aplicables para el ejercicio presupuestario de 1985 y siguientes, se aprobó el Decreto 385/ 1985, de 22 de Octubre, sobre variación de créditos en el

Presupuesto de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1985 en materia de Policía Vasca, quedando pendiente de incorporación, para un Decreto posterior la cantidad correspondiente al concepto al que se hace referencia en el número II - d) - 2 - párrafo segundo del

Anejo 2 del Acta de la Comisión Mixta de Cupo de 27 de Septiembre de 1985. En consecuencia, procede realizar la incorporación presupuestaria de las cantidades necesarias para actualizar el

Presupuesto de la Policía a su importe definitivo, en la parte correspondiente al referido concepto, así como a otras modificaciones en la valoración de la Policía Autónoma en servicio, en base al informe emitido al respecto conjuntamente por los Departamentos de

Economía y Hacienda e Interior.

En su virtud, á propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de

Diciembre de 1985.

DISPONGO:

Artículo primero

Variación de crédito en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de 1985.

Se aprueba la variación de créditos contenidos en el...

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