ORDEN de 31 de mayo de 2010, de la Consejera de Cultura, por la que se designan los miembros de la Comisión Técnica que valorará las solicitudes presentadas en el procedimiento de restitución a particulares de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2005, de 17 de noviembre, de Restitución a la Generalitat de Cataluña, de los Documentos Incautados con Motivo de la Guerra Civil, prevé, en su Disposición Adicional primera, que la restitución de los documentos, fondos documentales y otros efectos de las personas naturales o jurídicas de carácter privado podrá llevarse a cabo por el resto de las Comunidades Autónomas que lo soliciten, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca y de conformidad con los requisitos fijados en el artículo 5 de la citada Ley.

El Real Decreto 2134/2008, de 26 de diciembre, da cumplimiento a la citada Disposición Adicional y establece el procedimiento mediante el cual las Comunidades Autónomas, previa solicitud de participación en el mismo, podrán llevar a cabo la restitución a las personas naturales o jurídicas de carácter privado, o a sus sucesores legítimos, de aquellos documentos, fondos documentales y otros efectos que les hubieran sido incautados con motivo de la Guerra Civil.

Transcurrido el plazo previsto en el procedimiento, se han presentado varias solicitudes de restitución ante el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, órgano competente en virtud del artículo 3.2 del Real Decreto 2134/2008. Por ello, y al amparo del artículo 3.4 del reseñado Real Decreto, la Comunidad Autónoma del País Vasco presenta la solicitud de participación en el procedimiento para la tramitación y resolución de las solicitudes de restitución recibidas. Mediante Resolución de 24 de febrero de 2010, la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de Cultura, acuerda resolver favorablemente dicha solicitud.

Corresponde la instrucción del procedimiento de restitución a la Dirección de Patrimonio Cultural. La Consejera de Cultura del Gobierno Vasco es el órgano competente para su resolución.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 del Real Decreto 2134/2008, para la valoración de las solicitudes de restitución, el órgano instructor será asistido por una Comisión Técnica, cuyo informe tiene carácter vinculante. La Comisión Técnica estará formada por personas expertas en archivística y derecho. Sus miembros serán designados por el órgano competente para resolver, siendo la mitad de ellos a propuesta de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de Cultura. En su funcionamiento, se ajustará a las previsiones que, sobre el régimen de funcionamiento de los órganos...

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