DECRETO 254/2005, de 20 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de abastecimiento al Valle de Arratia, etapa II, fase I, tramo Igorre-Arantzazu.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 254/2005, de 20 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de abastecimiento al Valle de Arratia, etapa II, fase I, tramo Igorre-Arantzazu.
Por Acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de 8 de marzo de 2005, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de abastecimiento al Valle de Arratia, etapa II, fase I, tramo Igorre-Arantzazu". Posteriormente, en sesión celebrada en fecha 28 de junio de 2005, se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones, que fueron resueltos según consta en el expediente administrativo.
Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
Los municipios del Valle de Arratia, abastecidos fundamentalmente desde la ETAP de San Cristóbal, tienen importantes problemas de escasez de agua en épocas de estiaje, debiendo completarse el abastecimiento con caudales provenientes de la ETAP de Venta Alta a través de tuberías provisionales de Red primaria, con escasa sección y trazado inadecuado, y de tramos de redes de distribución municipales.
Esta circunstancia se presenta en los municipios afectados por este proyecto dándose un alto coste de explotación y mantenimiento e inseguridad en cuanto a la garantía del suministro.
Por lo expuesto y con el fin de dar solución a la deficiente situación de abastecimiento existente actualmente, se considera necesario y urgente proceder a ocupar los terrenos afectados por el expediente expropiatorio a la mayor brevedad posible a fin de resolver de forma definitiva la demanda actual y futura del Valle de Arratia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo...
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