DECRETO 119/1985, de 30 de Abril, sobre zona de Urgente Reindustrialización del Nervión.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEconomia y Hacienda; Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 119/1985, de 30 de Abril, sobre zona de Urgente Reindustrialización del Nervión.

Declarada, dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Zona de

Urgente Reindustrialización del Nervión, entre cuyos objetivos está paliar las secuelas producidas por la reconversión industrial, a través de la concesión de ciertos beneficios a aquellos proyectos industriales que se ubiquen en la precitada zona y, con el fin último de generar empleos alternativos, se hace preciso crear un instrumento de apoyo a la Comisión Gestora, con el fín de dotar a la misma de los medios necesarios para la adecuada realización de sus funciones, instrumento cuya configuración jurídica es la adecuada para actuar de una forma más ágil dentro del tejido industrial de la Comunidad

Autónoma del País Vasco.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros Titulares de los

Departamentos de Industria y Comercio, y Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de Abril de 1985.

DISPONGO: Artículo único.- Se autoriza, a la Sociedad para la

Promoción y Reconversión Industrial, S.A., la creación de una Sociedad Anónima denominada «Zona de Urgente

Reindustrialización del Nervión, S.A.», con un Capital Social de 25 (VEINTICINCO) Millones de Ptas. El precitado capital social será, inicialmente, suscrito íntegramente por la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A.

La citada Sociedad...

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