DECRETO 265/2004, de 21 de diciembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de ensanche y mejora de la GI-3212 entre los P.K. 1,990 y 2,435 (1-EM-40/2002)'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambien
Rango de LeyDecreto

DECRETO 265/2004, de 21 de diciembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de ensanche y mejora de la GI-3212 entre los P.K. 1,990 y 2,435 (1-EM-40/2002)".

Por Orden Foral del Diputado del Departamento para las Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de 23 de marzo de 2004, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de ensanche y mejora de la GI-3212 entre los P.K. 1,990 y 2,435 (1-EM-40/2002)". Posteriormente, el Consejo de Diputados, en sesión de fecha 21 de septiembre de 2004, acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones, que fueron resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

A lo largo del último año se ha visto acrecentada la problemática existente de seguridad vial y de cruce de vehículos como consecuencia de la insuficiencia de geometría en anchura en el tramo decarretera comprendido entre los P.K. 1,990 y 2,435 de la carretera GI-3212. Las limitaciones de la carretera en este tramo impiden el cruce con seguridad de dos vehículos (sobre todo si uno de ellos es un autobús o vehículo pesado), situación que seha visto agravada por el crecimiento de población del municipio de Leaburu que ha conllevado aumentos en los tráficos de autobuses escolares y de línea. Por todo ello y con objeto de aumentar la seguridad vial de esta carretera se estima necesario acupar los terrenos afectados por el proyecto de referencia a la mayor brevedad posible.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco...

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