DECRETO 233/2005, de 30 de agosto, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de ampliación de la red de saneamiento de Mungia. Segunda Fase (Desglosado 2)'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente y Ordenacion del Territor
Rango de LeyDecreto

DECRETO 233/2005, de 30 de agosto, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de ampliación de la red de saneamiento de Mungia. Segunda Fase (Desglosado 2)".

Por Acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de 21 de diciembre de 2004, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de ampliación de la red de saneamiento de Mungia. Segunda Fase (Desglosado 2)". Posteriormente, en sesión celebrada en fecha 3 de mayo de 2005, se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones, que fueron resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Las necesidades de ampliación de la EDAR de Mungia se basan por una parte, en que el incremento de población cuyos vertidos se tratarán en ella obliga a modificar la estación de bombeo de cabecera de dicha instalación por insuficiente capacidad, y por otra, en conseguir reducir los vertidos en tiempo de lluvia, al dotarla de un tanque de tormentas de 1.000 m3 de capacidad.

Además, el antiguo colector de Mungia, en su tramo más próximo a la EDAR, adolece de serios problemas de capacidad debido a tramos en contrapendiente, rasante elevada para incorporar otras redes y cruce del río Butrón mediante un sifón de escasa capacidad.

Para resolver todos estos problemas se acomete el proyecto de referencia, que recoge la construcción de dos nuevos interceptores de margen y su conexión mediante una estación de bombeo con la EDAR, definiéndose así unas nuevas redes en la parte final de la red de saneamiento de Mungia, en condiciones adecuadas a las necesidades actuales.

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