DECRETO 72/2003, de 18 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Basauri, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de urbanización y mejora de la calle Altube'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambien
Rango de LeyDecreto

DECRETO 72/2003, de 18 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Basauri, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de urbanización y mejora de la calle Altube".

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Basauri con fecha 30 de julio de 2002, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de urbanización y mejora de la calle Altube". Posteriormente, mediante escrito de Alcaldía de fecha 2 de diciembre de 2002 se solicitó al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ningún escrito de alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Las obras contenidas en el proyecto corresponden a la urbanización de la calle Altube según las alineaciones definidas en las Normas Subsidiarias, afectando fundamentalmente a una edificación en situación de fuera de ordenación expresa, adosada al inmueble señalado con el n.º 1 de la calle Altube, que debe ser demolida. El propietario del inmueble al que fundamentalmente afecta el presente expediente expropiatorio, dada la situación de fuera de ordenación expresa del inmueble de su propiedad, ha requerido en sucesivas ocasiones al Ayuntamiento la ejecución de la expropiación al objeto de poder percibir la indemnización correspondiente.

Una vez analizado por el Ayuntamiento el Proyecto en su redacción inicial, se pudo observar que mediante una modificación del mismo se conseguía mejorar sustancialmente la accesibilidad para los vecinos de la calle Altube y su entorno, permitiéndoles acceder peatonalmente a las rampas mecánicas instaladas en la calle Doctores Landa, de acuerdo a los criterios establecidos en el Decreto 68/2000 de 11 de abril por el que se aprueban las normas...

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