DECRETO 195/2010, de 13 de julio, de tercera modificación del Decreto por el que se regula el inicio de actividades de la Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua y las condiciones de adscripción de los medios personales y materiales de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la misma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia y Administración Pública; Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

Con fecha 28 de diciembre de 2007 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 233/2007 de 18 de diciembre por el que entra en funcionamiento la Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, el día 1 de enero de 2008, a la que se adscriben los puestos de trabajo, tanto reservados a personal funcionario de carrera como los reservados a personal laboral, de la Dirección de Aguas y aquellos de las Oficinas Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que tenían atribuido el ejercicio de funciones en materia de aguas. La relación del personal afectado se recoge en el anexo I y en el anexo III del Decreto mencionado.

El Decreto 233/2007 de 18 de diciembre tuvo una correción de errores (BOPV de 29 de febrero de 2008) y fue parcialmente modificado por el Decreto 144/2008, de 29 de julio (BOPV de fecha 14 de agosto de 2008) y el Decreto 385/2009, de 5 de junio (BOPV de 23 de junio de 2009).

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

A efectos de rectificar el error en la columna de cuerpo de Dña. Nekane Echandi Almandoz, así como de incluir al personal laboral indefinido no fijo hasta la cobertura de vacante, en ejecución de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social en la Comunidad Autónoma y por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, procede, por tanto, subsanar dicha deficiencia mediante una disposición del mismo rango.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública y de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su...

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