DECRETO 30/1985, de 5 de Marzo, de traspaso de servicios del Territorio Histórico de Alava a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en materia de Enseñanza.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia para Asuntos Economicos; Educacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 30/1985, de 5 de Marzo, de traspaso de servicios del Territorio Histórico de Alava a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en materia de Enseñanza.

El Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre en su artículo 16 establece la competencia de la Comunidad

Autónoma en materia de enseñanza, disponiendo la Ley 27/1983 de 25 de noviembre en su artículo 6.1. que «es de la competencia de las

Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma, la Legislación y la ejecución en todas aquellas materias que correspondiendo a la

Comunidad Autónoma según el Estatuto de Autonomía, no se reconozcan o atribuyan en dicho Estatuto, en la presente Ley u otras posteriores, a los Organos Forales de los Territorios Históricos».

No conteniéndose en el mismo texto legal ninguna norma atributiva de competencias en materia de enseñanza a los Organos Forales se reconoce por ésta la titularidad de las Instituciones Comunes en materia de enseñanza.

En consecuencia, la Comisión Mixta establecida en la Disposición

Transitoria Primera de la Ley ha procedido, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 194/ 1984, de 19 de Junio, por el que se aprueban las Normas de Traspasos de Servicios entre las Instituciones

Comunes de la Comunidad Autónoma y el Territorio Histórico de Alava, a determinar los servicios, personal, bienes, derechos y obligaciones adscritos a las competencias referidas, habiendo adoptado el correspondiente acuerdo sobre todo ello en su reunión de 27 de febrero de 1985.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición

Transitoria Primera de la Ley de Relaciones entre las Instituciones

Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus

Territorios Históricos, a propuesta conjunta del Vicepresidente para

Asuntos Económicos y del Consejero de Educación, Universidades e

Investigación, previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de Marzo de 1985,

DISPONGO:

Artículo Primero Se aprueba el acuerdo de la Comisión

Mixta de Transferencias Gobierno Vasco - Diputación Foral de Alava, por el que se determinan los...

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