DECRETO 129/2010, de 27 de abril, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de modificación del proyecto de acceso peatonal sobre las vías del tren que conecte La Escontrilla con el barrio de San Gabriel.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, en sesión celebrada el 14 de enero de 2010, acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del proyecto «Modificación del proyecto de acceso peatonal sobre las vías del tren que conecte la Escontrilla con el barrio de San Gabriel», y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública por un plazo de veinte días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 22 de 3 de febrero de 2010 y notificación a las personas interesadas. También acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del referido proyecto. Por último, acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

La necesidad de mejorar la accesibilidad peatonal desde «La Escontrilla» al barrio de San Gabriel salvando la barrera ferroviaria de Renfe.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta de la Consejera de Medio...

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