DECRETO 112/2003, de 20 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Tolosa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por la Actuación Aislada n.º 1 del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Tolosa.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 112/2003, de 20 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Tolosa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por la Actuación Aislada n.º 1 del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Tolosa.

El Ayuntamiento de Tolosa, en sesión de fecha 13 de diciembre de 2002, y previa deliberación de la Comisión de Gobierno, acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa y sometió inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por la Actuación Aislada n.º 1 del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Tolosa, acordándose en sesión celebrada en fecha 21 de febrero de 2003, solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Tolosa establece diversas actuaciones urbanísticas, en concreto establece como actuación aislada n.º 1 la correspondiente a la demolición del edificio n.º 5 y parte del n.º 4 de la Plaza de Gorriti, con el fin de proceder a la apertura de un paso entre la Plaza Berria y Kale Barrena, en prolongación de la calle Errementari, reordenando con ello el extremo norte del Casco Histórico en el punto de acceso al mismo desde el puente de Arramele. En relación con esta actuación, el inmueble n.º 4 está protegido en su parte consolidada y debe ser objeto de una rehabilitación inmediata dado su estado de grave deterioro, la cual no podrá iniciarse hasta que el edificio no se libere en su fachada norte del anexo al mismo en situación de fuera de ordenación.

La actuación se encuentra subvencionada por el programa Izartu del Gobierno Vasco, y su ejecución...

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