ORDEN de 31 de julio de 1998, del Consejero de Interior, por la que se convoca una beca de colaboración para realizar un estudio sobre el tercer pilar (Justicia e Interior) de la Unión Europea y su influencia para la actuación de la Ertzaintza.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Interior |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 31 de julio de 1998, del Consejero de Interior, por la que se convoca una beca de colaboración para realizar un estudio sobre el tercer pilar (Justicia e Interior) de la Unión Europea y su influencia para la actuación de la Ertzaintza.
Habida cuenta de la importancia creciente que supone la cooperación internacional en el ámbito policial y considerando la transcendencia que revisten los diversos convenios internacionales- Acuerdo Schengen, Convenio Europol, Grupo TREVI- para la actuación de la Ertzaintza, a propuesta de la Dirección del Gabinete del Viceconsejero de Seguridad, y con el objeto de propiciar la formación de una persona en estas materias, se estima necesario incentivar su análisis mediante la convocatoria de una beca. Por todo ello,
DISPONGO:
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 31 de julio de 1998.
El Consejero de Interior,
JUAN MARÍA ATUTXA MENDIOLA.
ANEXO
BASES
Primera.¿ Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la adjudicación de una beca para la formación académica personal en el ámbito del tercer pilar (Justicia e Interior) de la Unión europea y su influencia para la actuación de la Ertzaintza.
Segunda.¿ Destinatarios.
Los solicitantes de la beca deberán cumplir los siguientes requisitos:
-
Poseer la condición de Licenciado en Derecho.
-
Haber realizado estudios de postgrado sobre temas europeos.
-
Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de Enero del presente año.
-
No haber sido beneficiario anteriormente con becas de esta naturaleza.
Tercera.¿ Centro de aplicación de la beca.
Los centros de aplicación de esta beca serán, tanto la Delegación de Euskadi...
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