ORDEN de 7 de Febrero de 1984, por la que se regula el procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones a Grupos Teatrales, que ejerzan su actividad con reconocido interés cultural en el dominio de la producción teatral, tanto en euskera como en castellano.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

ORDEN de 7 de Febrero de 1984, por la que se regula el procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones a Grupos Teatrales, que ejerzan su actividad con reconocido interés cultural en el dominio de la producción teatral, tanto en euskera como en castellano.

El Departamento de Educación y Cultura del Gobierno Vasco, valorando positivamente la existencia de una importante base organizativa cultural-teatral, de sustrato espontáneo, desea potenciar, a través del Servicio de Arte Dramático de la Viceconsejería de Cultura, el conjunto de aportaciones que permiten hacer realidad la obra teatral.

Las ayudas y subvenciones están orientadas hacia grupos que, teniendo un cierto valor artístico demostrado y posean unas infraestructuras adecuadas, quieran dar continuidad y regularidad a sus anteriores realizaciones, proponiendo un plan de trabajo cultural fundamentado que posibilite el acceso de la sociedad al disfrute de los medios teatrales.

En su virtud y a propuesta del Viceconsejero de Cultura, DISPONGO:

Artículo l.-Convocar Ayudas y Subvenciones para Grupos de Teatro que actúen en el territorio de la Comunidad del País Vasco, y por un importe global de VEINTE MILLONES de pesetas.

Las solicitudes deberán ir acompañadas por los siguientes documentos: a) Fotocopia de D.N.I. del firmante de la instancia. En los casos en que el solicitante sea una sociedad mercantil o cooperativa, deberá de añadir fotocopia de la tarjeta del código de identificación fiscal. b) Memoria de actividades teatrales realizadas en los dos años anteriores, con índice de frecuencia de público y duración de las explotaciones artísticas. c) Cuando la propuesta solicitante de ayudas consista en el montaje de una obra, se acompañará a la solicitud, además, los siguientes datos: 1. Título y autor de la obra teatral y, en su caso, traductor y adaptador. 2. Cuadro artístico y técnico. 3. Fecha y local previstos para su estreno, con un mínimo de duración de...

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