DECRETO 307/84, de 18 de Setiembre, por el que se modifica el Decreto 32/84, de 23 de Enero, que articula las medidas de fomento de empleo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorTrabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 307/84, de 18 de Setiembre, por el que se modifica el Decreto 32/84, de 23 de Enero, que articula las medidas de fomento de empleo.

La Ley 32/84, de 2 de Agosto, sobre modificación de determinados artículos de la Ley 8/1980, de 10 de Mano, del Estatuto de los

Trabajadores, revisa el contrato en prácticas ampliando en cuatro años el período posterior a la obtención del título durante el que se puede celebrar dicho contrato.

En atención a la importancia que el colectivo de jóvenes sin experiencia profesional tiene en nuestra Comunidad Autónoma es necesario facilitar esta nueva posibilidad de contratación en nuestros programas de fomento del empleo.

En su virtud, y a propuesta del Consejero Titular del Departamento de

Trabajo e informado favorablemente por la Comisión Económica del

Gobierno Vasco y previa deliberación y aprobación del Consejo de

Gobierno en su sesión del día 18 de setiembre de 1984,

DISPONGO:

Artículo único Quedan redactados en la forma que sigue los artículos 2.° y 3 ° del Decreto del Gobierno Vasco 32/1984 de 23 de Enero:
Artículo 2 °- A los efectos de esta disposición, se entenderá por jóvenes demandantes de primer empleo aquellas personas menores de 28 años que figuren inscritas como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo y que con anterioridad no hayan realizado actividad laboral o profesional como trabajadores por cuenta ajena por espacio superior a seis meses.

De otro lado y a los mismos efectos, se considerarán jóvenes titulados sin experiencia aquellas personas menores de 28 años que, estando en posesión de un título académico o profesional, expedido por un centro oficial o reconocido, figuren inscritos como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de...

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