DECRETO 370/1994, de 27 de setiembre de modificación del Decreto por el que se establece el régimen de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria en el País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAgricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 370/1994, de 27 de setiembre de modificación del Decreto por el que se establece el régimen de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria en el País Vasco.

El régimen de ayudas destinado a fomentar el cese anticipado de la actividad agraria en la Comunidad

Autónoma del País Vasco, se rige por lo dispuesto en el

Decreto 82/1993, de 30 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria en el País Vasco y por las normas que en su desarrollo dicten las Diputaciones Forales, de acuerdo con el Reglamento (CEE) n.º 2079/1992, de 30 de junio.

Como consecuencia de la aplicación del Decreto 82/1993, de 30 de marzo y de las nuevas directrices, que por parte de la Unión Europea se han realizado, se ha considerado necesaria la modificación de determinados artículos del Decreto 82/1993, de 30 de marzo para adaptarlo a las normas que la Unión Europea ha marcado.

Por ello, a propuesta del Consejero de Agricultura y

Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de

Gobierno en su sesión celebrada el 27 de setiembre de 1994.

DISPONGO:

Artículo primero 1.- El artículo 5 del Decreto 82/1993, de 30 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria del País Vasco, queda redactado como sigue: «Durante el período de percepción de las ayudas, el beneficiario está obligado a cotizar a la Seguridad

Social, una vez que le sea reconocida por la Seguridad

Social la situación asimilada a la de alta en el régimen correspondiente». 2.- En el artículo 7 del Decreto 82/1993, de 30 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria del País Vasco, se elimina el apartado: a) 3.- En el artículo 8 del Decreto 82/1993, de 30 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas al cese anticipado de la actividad agraria del País Vasco, se producen las siguientes modificaciones: a) En el punto 1. apartado a) se suprime: «... y residir en la Comunidad Autónoma del País

Vasco» b) En el punto 2. se suprime la letra: a). 4.- En el artículo 10...

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