DECRETO 166/2006, de 12 de septiembre, por el que se crea y regula el Premio Emakunde a la Igualdad.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1988, de 5 de febrero, sobre creación de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer establece, entre las funciones a desarrollar por éste, la de sensibilizar a la ciudadanía realizando actividades de promoción y difusión sobre el significado e importancia de la igualdad de mujeres y hombres y sobre la necesidad de trabajar en su consecución y en el empoderamiento de las mujeres.

Con el fin de dar cumplimiento a esta función se crearon mediante el Decreto 78/1990 los Premios Emakunde, desarrollados por los Decretos 387/1995 y 89/1997. Ésta última norma les dio la estructura plural que ha caracterizado a los premios hasta ahora. Se trataba de premiar las actividades realizadas durante el año en las áreas de medios de comunicación, educación, deportes y publicidad.

Sin embargo, en este momento, se considera oportuno articular otras formas de introducir la transversalidad, promoviendo un cambio de perspectiva y orientación mediante el reconocimiento de una única aportación sobresaliente a la consecución de la igualdad de mujeres y hombres, con independencia del área en el que se encuentre ubicada.

Esta norma determina sólo las líneas generales en los que se va a enmarcar la concesión del premio, de tal forma que se deja abierto a las necesidades que se puedan ir planteando. Por ello, será la Directora o Director de Emakunde quien anualmente concrete, entre otros extremos, la dotación, la posibilidad de accésits, los criterios de adjudicación y la forma de concesión.

En su virtud, habiendo mediado propuesta del Consejo de Dirección de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, y a propuesta de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 12 de septiembre de 2006, DISPONGO:

Artículo 1 – Creación y características.
  1. – Se crea el Premio Emakunde a la Igualdad cuya finalidad es destacar y reconocer públicamente la actuación de aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que se hayan distinguido por su labor en el ámbito de la igualdad de mujeres y hombres, realizando acciones, trabajos o proyectos que hayan supuesto la mejora de aspectos significativos en el reconocimiento del trabajo de las mujeres y de su empoderamiento o contribuyan con su trayectoria de manera destacada a la valoración y dignificación del papel de la mujer, o en la promoción de la...

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