DECRETO 195/2000, de 26 de septiembre, por el que establece un plan de fomento de la calidad de las semillas de cereales de fecundación autógama en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAgricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 195/2000, de 26 de septiembre, por el que establece un plan de fomento de la calidad de las semillas de cereales de fecundación autógama en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Uno de los factores básicos de la productividad y rentabilidad de las explotaciones agrarias es el empleo de material vegetal de la máxima calidad. En este sentido los reglamentos de certificación y control establecen las condiciones a las que deben ajustarse la producción y comercialización de dicho material vegetal como medio de garantizar su valor y respetar los derechos de sus obtenedores.

El proceso de certificación implica una forma de producir y manipular el grano que respete una serie de requisitos para que al final del proceso se obtenga semilla que cumpla los mínimos exigidos en los reglamentos técnicos de certificación. Esta reglamentación esta compuesta por el Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre de 1972, por el que se aprueba el Reglamento General sobre semillas y plantas de vivero, y sus posteriores modificaciones; la Orden de 23 de mayo de 1986, por la que se aprueba el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero y sus posteriores modificaciones; y la Orden de 1 de julio de 1986, por la que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de cereales y sus posteriores modificaciones. En caso contrario los lotes, son automáticamente rechazados debiendo ser retirados de todos los circuitos comerciales con el consiguiente quebranto económico para la entidad productora.

No obstante, la búsqueda de la calidad de los productos agrarios exige ir más allá del mero cumplimiento de los mínimos exigidos en los reglamentos técnicos y buscar la mejora constante de los productos finales como medio para lograr un posicionamiento ventajoso en un mercado fuertemente competitivo. Así, el abastecimiento de las industrias harineras y malteras con altas exigencias en cuanto a los parámetros técnicos de las materias primas exige la implantación y desarrollo de variedades genéticamente adaptadas a dichas exigencias y el suministro de partidas varietales puras sin mezclas. Ello obliga a disponer de semillas de gran calidad y a lograr una alta tasa de renovación varietal.

El compromiso de la CAPV en defensa de la calidad de los productos agrarios hace necesario el establecimiento de un plan de fomento para asegurar la calidad en el proceso productivo de las semillas de cereales por parte de las entidades productoras de modo que puedan responder a las exigencias del mercado cerealista de la CAPV.

Los Departamentos de Agricultura de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa así como las organizaciones profesionales y asociaciones sectoriales han sido consultados en la elaboración del presente Decreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 26 de septiembre de 2000,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Objeto.
  1. ¿ El presente Decreto tiene por objeto establecer un plan de fomento de la calidad de las semillas certificadas de cereales de fecundación autógama.

  2. ¿ Dentro de dicho plan se concederán ayudas económicas para la realización de las actuaciones e inversiones previstas en el plan de acción correspondiente.

Artículo 2 ¿ Financiación.
  1. ¿ Los recursos económicos destinados a la concesión de las ayudas previstas en el presente Decreto precederán de los créditos...

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