DECRETO 103/2007, de 19 de junio, de segunda modificación del Decreto por el que se efectúa el nombramiento del Presidente y los Vocales de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyDecreto

De conformidad con la previsión contenida en el artículo 18.4 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, modificada por las Leyes 15/1998, 6/2000 y 1/2003, se dictó el Decreto 11/2006, de 24 de enero, por el que se procedió al nombramiento del Presidente y de los Vocales de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El referido Decreto fue, a su vez, modificado por el Decreto 45/2007, de 20 de marzo, por quedar vacantes dos vocales judiciales de la Junta Electoral.

El presente Decreto supone la segunda modificación del citado Decreto 11/2006, con motivo del nombramiento de un vocal no judicial de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, designado por la Mesa del Parlamento Vasco, por causa de la vacante del mismo, tal y como lo determina el artículo 18.1.c) de la Ley 5/1990, de 15 de junio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Interior y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 19 de junio de 2007, DISPONGO:

Artículo único – Nombrar como Vocal de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, designado por la Mesa del Parlamento Vasco a D

Manuel Alonso Belza, en sustitución de D. Julio Astudillo Rodrigo. DISPOSICIÓN FINAL.

El presente Decreto surtirá efectos desde el mismo...

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