RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 1999, del Secretario de la Presidencia, por la que se convocan Becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo para 1999.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 1999, del Secretario de la Presidencia, por la que se convocan Becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo para 1999.

El Decreto 138/1997, de 17 de junio, regula las Becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo, con el fin de impulsar la formación de dichos profesionales.

En los Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1998 la partida destinada a estas ayudas ascendió a once millones doscientas ocho mil (11.208.000) pesetas. Procede ahora, en aplicación del artículo 2, apartado 1, del citado Decreto, convocar las becas para el ejercicio 1999, en idénticos términos al ejercicio anterior, en función del régimen de prórroga presupuestaria regulado en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, y al amparo de lo establecido en el Decreto 371/1998, de 15 de diciembre, sobre mantenimiento en vigor de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco en periodo de prórroga presupuestaria.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6, letra c), del Decreto 186/1999, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno ¿ Lehendakaritza,

RESUELVO:

Artículo único ¿ Convocatoria.

Convocar seis becas para impulsar la especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo, con arreglo a las Bases que se aprueban y figuran en el Anexo único.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.¿ En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 138/1997, de 17 de junio, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Segunda.¿ La presente convocatoria, y cuantos actos se deriven de ella, podrán ser impugnados por los interesados en el plazo y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Tercera.¿ La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha de...

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