DECRETO 177/1990, de 26 de junio, sobre retribuciones de los Funcionarios docentes no universitarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion; Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyDecreto

DECRETO 177/1990, de 26 de junio, sobre retribuciones de los Funcionarios docentes no universitarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Los artículos 77, y siguientes, de la Ley 6/1989, de 6 de Julio, de la Función Pública Vasca, de aplicación a los funcionarios docentes no universitarios en virtud de lo dispuesto en la Disposición

Adicional Decimotercera de dicho texto legal, determinan la estructura retributiva de los funcionarios al servicio de las

Administraciones Públicas Vascas, distinguiendo, a tal efec to, entre retribuciones básicas y complementarias. A su vez, la referida Disposición Adicional prevé que cada uno de los Cuerpos y

Escalas docentes tenga asignado el nivel de complemento de destino que al efecto se determine mediante Decreto del Gobierno Vasco.

En el objetivo de dar cumplimiento a las citadas previsiones, el presente Decreto regula la adecuación de las retribuciones de los funcionarios docentes no universitarios a la estructura que dimana del marco Iegal, determinando para ello los niveles de complemento de destino de los distintos Cuerpos y Escalas, así como la cuantías que corresponden, en concepto de complemento específico, a los puestos a los que se asigna.

Las retribuciones que conforman la nueva estructura vienen a absorber la totalidad de las actualmente en vigor, recogiendo la Disposición las necesarias medidas tendentes a garantizar que, por la aplicación del nuevo sistema, no se derive minoración alguna sobre las percepciones hasta ahora reconocidas.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico y de Educación, Universidades e

Investigación, visto el informe emitido por el Consejo Vasco de la

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