RESOLUCIÓN 84/2019, de 1 de febrero, de la Directora Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea, por la que se nombra temporalmente, por un plazo de cuatro años prorrogables, a D. Adolfo López de Munain Arregui, Jefe de Servicio Sanitario de Neurología en la OSI Donostialdea de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorOsakidetza-Servicio Vasco de Salud
Rango de LeyResolución

Mediante Resolución 326/2018, de 12 de marzo, se convocó la provisión, mediante concurso, de un puesto de Jefe/a de Servicio de Neurología en la OSI Donostialdea de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Efectuada por el tribunal calificador la valoración de las solicitudes presentadas así como la correspondiente propuesta de nombramiento, y a la vista de los conocimientos académicos y profesionales que concurren en D. Adolfo López de Munain Arregui procede efectuar su nombramiento para ocupar el puesto de Jefe de Servicio Sanitario de Neurología en la OSI Donostialdea de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre,

Primero.– Nombrar temporalmente a D. Adolfo López de Munain Arregui Jefe de Servicio Sanitario de Neurología en la OSI Donostialdea de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segundo.– El presente nombramiento, que tendrá carácter temporal por un plazo de cuatro años prorrogables en función de lo establecido en la Norma Común Tercera del artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, surtirá efectos el día 1 de febrero de 2019.

Tercero.– El nombrado cesará al vencimiento del plazo del nombramiento, salvo que proceda la circunstancia de prórroga, de conformidad con lo previsto en el precitado artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskad.

Cuarto.– Asimismo, podrá ser...

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