RESOLUCIÓN 33/2014, de 4 de noviembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con el programa tranviario de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el ejercicio 2014.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyResolución

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 4 de noviembre, el Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con el programa tranviario de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el ejercicio 2014, y a los efectos de darle la publicidad debida,

Artículo único – Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con el programa tranviario de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el ejercicio 2014, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de 2014.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ.

Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con el programa tranviario de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el ejercicio 2014.

El artículo 13 del Decreto 20/2012 de 15 de diciembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial las funciones correspondientes a ferrocarriles.

El artículo 14.1.b) del Decreto 196/2013, de 21 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial atribuye a la Dirección de Infraestructuras del Transporte la elaboración, dirección, inspección y ejecución de obras de infraestructuras de transportes.

El artículo 5.4 de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea incluye dentro del objeto social del ente cualquier función que le encomiende el Gobierno y que directa o indirectamente esté relacionada con la construcción, la conservación y la administración de infraestructuras de transporte ferroviario, y de forma especial las relativas a la redacción de estudios...

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