RESOLUCIÓN 128/2015, de 22 de enero, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) y del Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan cursos de euskera para el personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud y el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi adscrito al mismo, durante el curso académico 2015-2016.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorOsakidetza-Servicio Vasco de Salud
Rango de LeyResolución

En base a lo dispuesto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, sobre «normalización del uso del euskera», desarrollada por el Decreto 86/1997, de 15 de abril, que regula la Planificación de la Normalización del uso del Euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma Vasca y por el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud y en aplicación del Plan de Euskera de Osakidetza-Servicio vasco de salud (aprobado el 3 de diciembre de 2013), así como del convenio de colaboración en materia de capacitación y normalización lingüística suscrito por el Instituto Vasco de Administración Pública y Osakidetza-Servicio vasco de salud.

En su virtud,

Artículo único – Aprobar la convocatoria de cursos de capacitación lingüística para los tres primeros perfiles lingüísticos dirigidos a del personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud para el curso 2015-2016 de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I, II y III.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2015.

La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública,

MARÍA TERESA IRURETAGOYENA IBARGUREN.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JON JOSEBA ETXEBERRIA CRUZ.

Primera.– Objetivo.

Promover e impulsar la capacitación lingüística en euskera del Personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segunda.– Personal destinatario.

La convocatoria está destinada al personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, cualquiera que sea su relación de empleo, que en el período que transcurre entre la fecha de la Resolución de la presente convocatoria y el fin del plazo de presentación de solicitudes correspondiente a cada modalidad de curso, se encuentre en situación de servicio activo, excedencia para el cuidado de familiares o servicios especiales.

El IVAP financiará la formación lingüística ofertada en esta Resolución dentro de su disponibilidad presupuestaria. En el caso de que dicha disponibilidad no fuera suficiente, el IVAP aplicará los criterios de prioridad previstos en la normativa vigente, esto es, se aplicarán los criterios establecidos en el artículo 3 de la Orden de 30 de noviembre de 2005.

Asimismo, la formación del personal que no sea financiado por el IVAP por no disponer de saldo en el crédito horario, será financiada por Osakidetza-Servicio vasco de salud mediante la dotación presupuestaria disponible a tal fin. Cuando los recursos económicos fueran insuficientes, Osakidetza-Servicio vasco de salud aplicará los criterios de prioridad establecidos en la Instrucción 1/2015 de 22 de enero de 2015, de la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza, sobre la ayuda extraordinaria para el aprendizaje de euskera una vez agotado el crédito horario asignado.

Las organizaciones de servicios concederán la autorización para la formación lingüística en euskera dentro del horario laboral, aplicando los criterios establecidos en el punto 3.3.4 del 2.º Plan de Normalización del Euskera del Uso del Euskera en Osakidetza y en la Instrucción que la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud fijará al respecto.

En todo caso, el número de solicitudes aceptadas que impliquen la necesidad de contratar personal sustituto estará condicionado por la disponibilidad presupuestaria.

Tercera.– Convocatorias para el curso 2015-2016.

3.1.– El Instituto Vasco de Administración Publica y el Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud realizarán dos convocatorias para el curso 2015-2016.

La convocatoria que ahora se publica es la convocatoria principal del curso 2015-2016 y regula el marco de todo el curso. En la presente convocatoria se ofertan cursos para su realización tanto en horario laboral como fuera de horario laboral.

En el mes de octubre se realizará una convocatoria complementaria de la presente mediante instrucción interna que será remitida a las organizaciones de servicios con la debida antelación, en la que se hará la oferta para el segundo cuatrimestre del curso 2015-2016.

En dicha convocatoria de octubre se podrá solicitar la escolarización a partir de febrero pero bajo los siguientes condicionantes:

– Salvo en casos excepcionales aquellos trabajadores y trabajadoras que hayan realizado curso intensivo o internado en horario laboral durante el cuatrimestre anterior y no vayan a continuar en dichas modalidades. El resto de personal que no haya iniciado el curso en octubre, en febrero únicamente podrá solicitar cursos intensivos, es decir, cursos de cinco horas o de internado en horario laboral.

– Las personas que inicien el curso en octubre podrán solicitar en febrero tanto un curso intensivo como un cambio de módulo, es decir, el cambio de un módulo intensivo a un módulo de 2 horas, o al revés.

– En la convocatoria de noviembre no se podrán realizar cursos de autoaprendizaje tal y como ocurre con el módulo de 2 horas.

3.2.– En esta convocatoria se ofertan las siguientes modalidades.

  1. Cursos en horario laboral:

    – Cursos intensivos de 5 horas (euskaldunización y alfabetización).

    – Cursos en régimen de internado.

    – Cursos de 2 horas diarias.

  2. Cursos fuera de horario laboral:

    – Cursos presenciales en euskaltegi.

    – Cursos de autoaprendizaje por ordenador.

    3.3.– Los módulos de 2 horas diarias en horario laboral, los cursos presenciales en euskaltegi y los cursos de autoaprendizaje fuera de horario laboral serán ofertados para todo el curso escolar (de octubre a junio). Los módulos de 5 horas e internado abarcarán el período octubre-febrero y, en la segunda convocatoria, el período febrero-junio.

    3.4.– No se incluyen en esta convocatoria cursos de nivel superior a EGA o sus equivalentes en la Administración Autónoma Vasca. El personal de Osakidetza que desee realizar el curso de preparación del PL4, deberá presentar su solicitud dentro de la convocatoria que el IVAP convocará en el mes de abril para el periodo 2015-2016.

    Cuarta.– Cursos en horario laboral.

    4.1.– Oferta de cursos dentro de horario laboral.

    Los cursos en horario laboral que se pueden realizar acogiéndose a la presente convocatoria son los expresados en el anexo II.

    Las autorizaciones otorgadas por las direcciones de las distintas organizaciones de servicios para asistir a los cursos en la modalidad de intensivo y de internado habrán de ser para el cuatrimestre completo. Las autorizaciones otorgadas para realizar cursos de dos horas serán para el curso completo, esto es, de octubre a junio.

    Las fechas de comienzo y finalización de las clases y los horarios son los especificados en el anexo II. El Instituto Vasco de Administración Pública se reserva la facultad de realizar las adecuaciones que estime convenientes tanto en las fechas de inicio y finalización como en los horarios indicados en el anexo II. Dichas adecuaciones se comunicarán con la debida antelación.

    4.2.– Plazos y tramitación de solicitudes.

    1. – La solicitud debe realizarse para un único módulo y horario ofertado en la convocatoria.

      El plazo de presentación de solicitudes: del 5 al 20 de marzo de 2015 (ambos inclusive).

      Las direcciones de personal de las organizaciones de servicios analizarán las solicitudes presentadas y las autorizará o denegará conforme a las prioridades y criterios de selección establecidos en la Instrucción de la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

      Cada organización de servicios, grabará y tratará las solicitudes en el módulo de formación que la Dirección de Recursos Humanos ha preparado a tal efecto.

      La relación de las solicitudes autorizadas y denegadas deberá hallarse en la Dirección de Recursos Humanos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud para el 28 de abril de 2015.

      La Dirección de Recursos Humanos podrá realizar las adecuaciones que estime pertinentes y remitirá la relación definitiva del personal trabajador seleccionado al IVAP. El plazo máximo de remisión es el 22 de mayo de 2015.

      Fuera de los plazos señalados no se admitirán nuevas solicitudes ni modificaciones.

      El personal interesado será informado mediante notificación escrita por la dirección de las organizaciones de servicios sobre la aceptación o denegación de su solicitud antes del 4 de mayo de 2015. En caso de denegación, la dirección correspondiente hará mención expresa de las causas y hará pública la lista de las personas admitidas y no admitidas en los medios de mayor difusión de la organización de servicios (correo electrónico, intranet, tablón de anuncios...).

      La relación definitiva del personal trabajador seleccionado constituirá la base sobre la que se constituirán los cursos y los grupos.

    2. – Los interesados e interesadas en participar en cursos de euskera deberán cumplimentar la solicitud para esta convocatoria por vía electrónica. Para ello, deberán acceder a las siguientes direcciones electrónicas:

      – http://www.osakidetza.net

      – http://www.osakidetza.euskadi.net

      (la ruta a seguir es la siguiente: Recursos Humanos > Euskara > Cursos, Acreditaciones, ... > Cursos > Curso 2015-2016 > Convocatoria principal > Solicitud).

      Asimismo, podrá presentarse la solicitud de inscripción por cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (anexo III).

      Las solicitudes realizadas las gestionará cada dirección de personal por medio de la aplicación informática instalada a tal efecto.

      4.3.– Régimen de admisión para los cursos en horario laboral.

      La Dirección de Recursos Humanos regulará periódicamente los criterios y procedimientos de selección e introducirá las modificaciones y adaptaciones que a la luz del...

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