DECRETO 4/2006, de 10 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto Plan Parcial del Sector Residencial SUE-15.10 (Sagastiya) y Sector SUE-15.9 (Sistema General de Espacios Libres).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 4/2006, de 10 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto Plan Parcial del Sector Residencial SUE-15.10 (Sagastiya) y Sector SUE-15.9 (Sistema General de Espacios Libres).

Mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, con fecha 19 de enero de 2005, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto Plan Parcial del Sector Residencial SUE-15.10 (Sagastiya) y Sector SUE-15.9 (Sistema General de Espacios Libres)". Posteriormente, mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales de fecha 10 de octubre de 2005, se incluyó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado varios escritos de alegaciones, que han sido resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Mediante Convenio suscrito entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Hernani, con fecha 1 de febrero de 2002, el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales se comprometió a llevar a cabo la expropiación en el plazo de dos meses a partir de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias.

El referido documento urbanístico fue aprobado definitivamente por el Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa con fecha de 26 de julio de 2005.

La necesidad de declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados viene motivada por la necesidad de ejecutar el Plan mencionado debido a la situación del mercado inmobiliario y al objeto de posibilitar el acceso a una vivienda digna a un precio razonable al sector de la población de más escasa capacidad...

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