RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2008, del Director de Recursos Humanos, por la que se aprueba y hace pública convocatoria de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de la Ertzaintza con categoría de Oficial.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
Rango de LeyResolución

Vacantes puestos de trabajo dotados presupuestariamente en la estructura de la Ertzaintza a proveer mediante el sistema de concurso de méritos, resultando necesario proceder a su cobertura, al amparo de las competencias que me atribuye el artículo 19 del Decreto 364/2005, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior, y de conformidad con lo establecido en la normativa vigente RESUELVO:

Primero.– Aprobar y hacer pública convocatoria de provisión de destinos para cubrir los puestos de trabajo de la estructura de la Ertzaintza a proveer por el sistema de concurso de méritos que se relacionan en el anexo a la presente Resolución.

Segundo.– La provisión de puestos de trabajo se realizará con arreglo a las siguientes BASES:

Primera.– Requisitos de participación.

  1. – Podrán tomar parte en la presente convocatoria todos los funcionarios de carrera de la Ertzaintza con categoría de Oficial de la Escala de Inspección que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo para el desempeño de los puestos de trabajo ofertados, y se hallen es situación de servicio activo, servicios especiales, excedencia para el cuidado de hijos, y excedencia prevista en el artículo 82 de la Ley de Policía del País Vasco. También podrán tomar parte aquellos funcionarios que reingresen a la situación de servicio activo en la forma prevista en el artículo 89.2 de la citada Ley.

  2. – Asimismo podrán concurrir, reingresando al servicio activo a través del procedimiento previsto en la presente convocatoria, quienes se encuentren en situación de excedencia forzosa o en servicio en otras Administraciones Públicas, los que hubieren sido rehabilitados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley de Policía del País Vasco, así como los suspensos por un período superior a seis meses, y el resto de excedentes voluntarios, siempre que hubieran cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones.

  3. – Deberán tomar parte en la presente convocatoria y solicitar todas las vacantes que puedan proveer conforme a la categoría de Oficial.

    1. En los términos y condiciones establecidos en el artículo 39.5 de la Ley de Policía del País Vasco y 54.2 del Decreto 315/1994, de 19 de julio, por el que se aprueba el reglamento de selección y formación de la Policía del País Vasco, los funcionarios de carrera de la Ertzaintza que hayan superado el correspondiente curso de especialización convocado y/o impartido por la Academia de Policía del País Vasco y requeridos para el desempeño de los puestos de trabajo ofertados y no se encuentren adscritos con carácter definitivo a un puesto de trabajo que tenga establecido como requisito de especialidad el curso correspondiente.

      Quienes incumplan esta obligación serán adscritos definitivamente con carácter forzoso a las dotaciones que resulten vacantes, sin derecho a compensación económica alguna.

      En el caso de que un funcionario ostente más de una especialidad, la obligación establecida en los apartados anteriores se entenderá referida a la última de las especialidades obtenidas.

    2. Los funcionarios de carrera de la Ertzaintza que se encuentren adscritos provisionalmente al desempeño de puesto de trabajo de la categoría de oficial.

  4. – No podrán tomar parte en la presente convocatoria:

    1. Quienes se encuentren...

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