DECRETO 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las Becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Lehendakaritza |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las Becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo.
La Secretaría General de Acción Exterior es el órgano de apoyo y coordinación de la presencia del Gobierno en el exterior, desarrollando, entre otras, sus funciones en el área de Cooperación al Desarrollo.
Con el objetivo de impulsar la especialización y formación de profesionales en dicha área se regulan las presentas becas, que serán convocadas anualmente.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 305/1995, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, a propuesta de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de junio de 1997,
DISPONGO:
El presente Decreto regula Becas destinadas a impulsar la especialización y formación de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo.
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¿ Estas becas se convocarán anualmente mediante Resolución del Secretario de la Presidencia, que en todo caso habrá de señalar el objeto de la convocatoria, duración de la beca, dotación y pago de las becas, lugar y plazo de presentación de solicitudes, modelos de solicitud y adjudicación.
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¿ Las becas conferirán a los adjudicatarios la posibilidad de formarse en la Secretaría General de Acción Exterior o entidad que ésta indique, durante el período de doce meses.
El/la adjudicatario/a de la beca adquiere las siguientes obligaciones:
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Elaborar un estudio o trabajo que será entregado en el plazo de 15 días desde la finalización de la beca, según las directrices dadas por la Secretaría General de Acción Exterior.
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Entregar los informes periódicos necesarios para la percepción de los correspondientes abonos.
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Participar en proyectos de cooperación de la Dirección de Cooperación al Desarrollo de la Secretaría General de Acción Exterior.
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Asistir, en su caso, a conferencias, cursos, jornadas y seminarios que tengan relación con programas de la Dirección de Cooperación al Desarrollo, a propuesta de la Secretaría General de Acción Exterior. Correrán a cuenta de la Dirección de Cooperación al Desarrollo los gastos de inscripción, viaje, manutención y alojamiento del/de la becario/a. Finalizados los periodos de estancia, el becario/a deberá elaborar un informe detallado sobre los temas estudiados, problemas que planteen, posibles soluciones y, en general, sobre todos aquellos aspectos de interés relacionados con el tema.
La tutela del/de la becario/a corresponde a la Secretaría General de Acción Exterior, por lo que todas sus actividades estarán supervisadas por ésta.
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¿ La dotación de las becas se determinará anualmente en la correspondiente convocatoria, en atención a la consignación presupuestaria existente al efecto.
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¿ La forma de pago de las becas será la...
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