DECRETO 171/1993, de 15 de junio, por el que se modifica el Anexo V del Decreto que aprueba el Reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 171/1993, de 15 de junio, por el que se modifica el Anexo V del Decreto que aprueba el Reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo.
El Decreto 146/1988, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo fue recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, a través del recurso 1145/1988, habiéndose dictado sentencia el 10 de diciembre de 1992.
En cumplimiento de dicha sentencia, en la que se declara la imposibilidad de que los socorristas titulados, a los que se refiere el artículo 41 del Reglamento citado, apliquen los inyectables que figuran en el
Por todo ello, a propuesta del Consejero de Sanidad, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de junio de 1993,
DISPONGO:
Colirios: - Colirio con cloramfenicol (no corticoide).
Pomadas: - Antiinflamatorio tópico no corticoide. - Corticoide tópico. - Apósitos de tulgrasum. - Pomada ocular con terramicina o gentamicina.
Vía oral: - Analgésico general tipo aspirina o paracetamol.
Varios: - Apósitos para pequeñas heridas (tiritas). - Vendas. - Algodón. - Esparadrapo. - Gasas estériles. - Guantes desechables.
Instrumental: - Pinzas clínicas de un solo uso. - Tijeras de acero».
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País
Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de junio de 1993.
El Lehendakari,
JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Sanidad,
JOSE IGNACIO AZKUNA URRETA.
Materias:
EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS;
NORMAS TECNICO-SANITARIAS;
PISCIN...
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