ORDEN de 29 de marzo de 1994, del Consejero de Sanidad, por la que se reestructuran los servicios de Atención Urgente de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

ORDEN de 29 de marzo de 1994, del Consejero de Sanidad, por la que se reestructuran los servicios de Atención Urgente de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Decreto 439/1991, de 23 de julio, por el que se estructuran orgánicamente los Servicios Centrales y las

Areas Sanitarias del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, determina dentro de su Título IV, «De la organización y administración periférica de las Areas Sanitarias», que los Servicios de Atención Urgente se estructuran territorialmente en cada Area Sanitaria, y su gestión se llevará a cabo por los responsables de los Servicios de Atención Urgente.

Del análisis de la situación y funcionamiento actual de los citados Servicios de Atención Urgente se ha observado la necesidad de proceder a una reordenación de los mismos en orden a la consecución de dos objetivos fundamentales, cuales son, por un lado, la adecuación de los recursos existentes a la cobertura de la demanda asistencial y, por otro, la mejora de la calidad asistencial tanto en la atención continuada como en la atención a la emergencia o urgencia vital.

Dicha reordenación se presenta adecuada para la resolución de todos los tipos de urgencia en base al...

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