DECRETO 140/2006, de 27 de junio, por el que se autoriza la reducción de capital de la Sociedad Pública Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A. y se modifican sus estatutos sociales.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Transportes y Obras Publicas
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 105/1982, de 24 de mayo, se acordó la creación de la sociedad pública «Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A.» y se aprobaron sus estatutos.

Según la nueva redacción dada al artículo 3.1 del Decreto 105/1982, de 24 de mayo, por el Decreto 67/2006 de 21 de marzo, de tercera modificación del Decreto de creación de la sociedad pública «Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A.» y de aprobación de sus estatutos, constituye el objeto principal de la sociedad «Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A.» la prestación de servicios de transporte ferroviario, tanto de viajeros como de mercancías, incluyendo el mantenimiento del material rodante, y de otros servicios o actividades complementarias o vinculadas al transporte ferroviario. En especial, la sociedad podrá desarrollar, en la medida en que le sea encomendado por cualquier disposición jurídica o normativa, la explotación de las líneas ferroviarias transferidas a la Comunidad Autónoma de Euskadi por Decreto 2488/1978, de 25 de agosto y por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre.

Asimismo, podrá prestar todo tipo de servicios de transporte ferroviario sobre las líneas que se encuentren integradas en la Red Ferroviaria de Interés General.

La Junta General de Accionistas de la Sociedad acordó, con fecha 6 de junio de 2006, la reducción del capital con devolución de aportaciones, dentro del proceso de adscripción y encomienda de las infraestructuras ferroviarias preexistentes al Ente Público Red Ferroviaria Vasca / Euskal Trenbide Sarea. Tras esta reducción de capital por devolución de activos se va a proceder a realizar una nueva reducción de capital social con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, disminuido como consecuencia de pérdidas, de acuerdo con lo previsto en 163 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En consecuencia, se eleva a la Junta General de Accionistas la propuesta relativa a la reducción de capital por importe de treinta y siete millones trescientos setenta y tres mil setecientos ochenta y ocho euros con ochenta y ocho céntimos (37.373.788,88).

En su reunión de 27 de junio de 2006, la Junta General de Accionistas de la...

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