DECRETO 372/1985, de 10 de Diciembre por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. la torna de participación en la Sociedad Ordiziako Industrialdea S.A.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Economia y Hacienda; Industria y Comercio |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 372/1985, de 10 de Diciembre por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. la torna de participación en la Sociedad Ordiziako Industrialdea S.A.
El artículo 4°, apartado 2, de la Ley 5/1981, de 10 de Junio, sobre creación de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial,
S.A., establece que la citada Sociedad podrá participar en el capital social de empresas de particular interés, previa autorización del
Gobierno Vasco y en las condiciones que se determinen.
Así mismo, el artículo 24, párrafo tercero, de la Ley 12/1983, de 22 de Junio, en relación con cl artículo 44, párrafo segundo, de la Ley 14/1983, de 27 de Julio dispone que el Gobierno, mediante Decreto podrá autorizar a los Entes Institucionales de Ia Comunidad Autónoma, la creación y participación en sociedades de cualquier clase.
En su virtud, a propuesta de los Consejeros Titulares de Ios
Departamentos de Industria y Comercio, y Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 10 de Diciembre de 1985.
DISPONGO:
Reconversión Industrial, S.A., a participar en la constitución de la
Sociedad Anónima Ordiziako Industrialdea, S.A.
Industrial, S.A. participará con el 51%, equivalente a 104.550.000 (ciento cuatro millones quinientas cincuenta mil) pesetas.
Industrial, S.A., comparecerá ante Notario a los efectos de suscribir la Escritura de Constitución de Ordiziako Industrialdea, S.A., aceptando los Estatutos Sociales, formalizando la designación de sus
Organos de Administración, confiriendo los poderes precisos, fijando la aportación, suscribiendo acciones y los detrás acuerdos que resulten adecuados para...
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