DECRETO 191/1989, de 27 de Julio, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., la creación de la Sociedad Pública «lruña-Okako Industrialdea, S.A.».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas; Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 191/1989, de 27 de Julio, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., la creación de la Sociedad Pública «lruña-Okako Industrialdea, S.A.».

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto

Legislativo 1/1988, de 17 de Mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Principios

Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, son Sociedades

Públicas de la Administración de la Cornunidad Autónoma de Euskadi, aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la

Administración de la Comunidad Autónoma o de sus Entes Institucionales.

Así mismo, el apartado a) del número 1 del artículo 20 del citado

Decreto Legislativo, señala como supuesto de creación de una Sociedad

Pública, la creación de una sociedad mercantil con la cualidad de

Sociedad Pública.

Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad para la

Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (S.P.R.l., S.A.), en su reunión de fecha 22 de Mayo de 1989, el acuerdo de constituir una

Sociedad Anónima a denominar «Iruna-Okako Industrialdea, S.A.», en cuyo capital social participaría la S.P.R.l., S.A. con el 51 %, con lo que se produciría el supuesto de creación de una Sociedad Pública.

Requiriendo, de conformidad a lo señalado en el número 3 del artículo 20 del precitado Decreto Legislativo, la autorización mediante

Decreto del Consejo de Gobierno, para la creación de Sociedades Públicas.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de los

Departamentos de Hacienda y Finanzas e Industria y Comercio, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de

Julio de 1989, , DlSPONGO:

Artículo 1 Se autoriza a la Sociedad para la Promocióni y

Reconversión Industrial, S.A.; a la constitu ción junto con la Excma. Diputación Foral de Alava y el Ilmo.

Ayuntamiento de Iruña de Oka, de la Sociedad Pública «lruña-Okako

Industrialdea, S.A.»

Artículo 2

El capital social fundacional será de setenta y cinco millones (75.000.000,-) de pesetas, autorizándose a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., la suscripción de las acciones correspondientes a una participación del 51 %, equivalente a treinta y ocho millones doscientas cincuenta mil (38.250.000,-) pesetas, procediéndose al desembolso de la citada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR