DECRETO 262/1986, de 25 de Noviembre, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., a la Adquisición de la Condición de Participe Mayoritario en la Sociedad Anónima Mercantil BASKEXPORT, S.A.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEconomia y Hacienda; Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 262/1986, de 25 de Noviembre, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., a la Adquisición de la Condición de Participe Mayoritario en la Sociedad Anónima Mercantil BASKEXPORT, S.A.

A tenor de lo establecido en el artículo 23 de la Ley 12/1983, de 22 de Junio, son Sociedades Públicas las sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la Administración de la

Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus Entes Institucionales.

Así mismo, según lo establecido en el párrafo primero b) en relación con el párrafo 3° del artículo 24 del mismo texto legal, la adquisición de la cualidad de Sociedad Pública por parte de una sociedad mercantil preexistente, constituye un supuesto de creación de una sociedad pública, precisándose de Decreto del Gobierno, tanto para su creación y extinción así como para la adquisición o pérdida de la condición de partícipe mayoritario en las mismas de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus Entes

Institucionales, donde se integra la Sociedad para la Promoción y

Reconversión Industrial, S.A.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros Titulares de los

Departamentos de Industria y Comercio y de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 25 de Noviembre de 1986

DISPONGO:

Artículo 1 Se autoriza a la Sociedad para la Promoción y

Reconversión Industrial, S.A. a la adquisición de la condición de partícipe mayoritario en la Sociedad Anónima Mercantil BASKEXPORT,

S.A., mediante la suscripción de acciones a la par, por un importe total de 32.415.000 (treinta y dos millones cuatrocientas quince mil) ptas. nominales, correspondientes a la ampliación de capital acordada por la Junta General de dicha Sociedad Mercantil, que adquirirá la cualidad de Sociedad Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 2 El órgano designado, de acuerdo con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR