ORDEN de 20 de marzo de 2013, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se realiza una emisión de deuda pública de Euskadi por importe de doscientos millones de euros y se fijan las características de la misma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas
Rango de LeyOrden

El Decreto 178/2013, de 12 de marzo, autoriza la realización de una o varias emisiones de Deuda Pública de Euskadi, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma como se instrumenten, por un importe máximo de 265.900.000 euros, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, en su artículo 10, apartado 1, en régimen de prórroga de acuerdo con lo establecido por el Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi en su artículo 128 apartado e).

La Disposición Adicional del mencionado Decreto establece que, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 3.º del artículo 30 de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, corresponde al Consejero de Hacienda y Finanzas, mediante Orden, publicada en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores, en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento aprobadas en el mismo, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma.

En virtud de todo lo cual,

RESUELVO:

Artículo 1 Realizar una emisión de Deuda Pública de Euskadi por importe de doscientos millones de euros (200.000.000), en virtud de las autorizaciones contenidas en el Decreto 178/2013, de 12 de marzo.
Artículo 2 La emisión de Deuda Pública que se lleva a cabo tendrá las siguientes características:
  1. Importe...

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