DECRETO 298/1990, de 20 de noviembre, por el quese autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.» y se modifican sus estatutos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas; Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 298/1990, de 20 de noviembre, por el quese autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.» y se modifican sus estatutos.

En su reunión del día 20 de noviembre de 1990, la Junta General de la

Sociedad Pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.», acordó ampliar el Capital Social fijado actualmente en doscientos treinta millones (230.000.000 PTA) pesetas, en la suma de trescientos treinta y siete millones (337.000.000 PTA) de pesetas, emitiéndose seiscientas setenta y cuatro acciones de quinientas mil (500.000 PTA) pesetas cada una de ellas, en única serie, numeradas correlativamente del 461 al 1.134 ambos inclusive, a la par y libres de todo gasto e impuesto de emisión.

La Ley 14/1983, de 27 de julio de Patrimonio de Euskadi establece en su articulo 44 que la adquisición de participaciones en las

Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Euskadi, deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del

Consejero del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente.

El Decreto 258/1989, de 21 de noviembre, por el que se autoriza la constitución de la Sociedad Públi ca «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.» aprobó los Estatutos de la

Sociedad, en los que se fija su capital social.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y

Finanzas y de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de noviembre de 1990,

DISPONGO:

Artículo 1 Autorizar la suscripción, por parte de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio de sus derechos de socio único, de 674 acciones de quinientas mil (500.000 PTA) pesetas cada una de ellas, emitidas por la Sociedad

Pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.» y numeradas correlativamente del 461 al 1.134 ambos inclusive, así como su desembolso, en los términos del acuerdo adoptada por la Junta de

Accionistas de la referida Sociedad.

Artículo 2 Se modifica el articulo quinto, párrafo 1.º de...

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