ORDEN de 18 de mayo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca por la que se modifica la delimitación provisional del área de los Montes de Triano aprobada por la Orden de 13 de junio de 2006 por la que se inicia el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de los Montes de Triano.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 13 de junio de 2006, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se inició el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de los Montes de Triano, extendiéndose a un área de 700 ha y abarcando el territorio que se delimitaba en su anexo.

Una vez publicada la Orden en el BOPV n.º 129, de 7 de julio de 2006, la Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental impulsó un foro de participación en el marco del espíritu del Convenio de Aarhus (Dinamarca, 25 de junio de 1998) sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Este foro es independiente y complementario a los trámites legales previstos en la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, y con ello se garantiza una mayor y mejor participación social en una fase previa, cuando todas las posibilidades en la elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales estaban abiertas.

Fruto de este amplio proceso se redactó un documento de aportaciones al PORN en marzo de 2007.

A continuación, y a lo largo de los años 2009 y 2010, se retomó proceso de reuniones con la Diputación Foral de Bizkaia y los Ayuntamientos afectados, todo lo cual ha concluido en un consenso político y social para aprobar una ampliación en la delimitación del ámbito del futuro biotopo protegido, cuya superficie pasará a ser de 960 hectáreas.

Los objetivos de protección del área se centran en sus valores culturales, naturales y paisajísticos, al igual que aquellos que llevaron al inicio de la declaración de este entorno. Hay que resaltar que el principal motivo de esta ampliación es llevar la protección al total de la zona kárstica, ya que dicho sustrato geológico es, a su vez, causa del característico modelado del paisaje (dolinas, fuentes, sumideros,...) que revaloriza la zona y de la singular estructura en filones del mineral de hierro, cuyas espectaculares cortas de extracción suponen uno de los mayores atractivos de esta área. Además, en el subsuelo de los Montes de Galdames existe una de las mayores densidades de cavernamiento de la CAPV, por lo que la ordenación de esta zona supone una oportunidad única para realizar una planificación a nivel de unidad geomorfológica, tanto del endokarst como de...

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