ORDEN de 17 de marzo de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se procede a publicar, para el ejercicio 2003, el plazo y las condiciones para la presentación de proyectos correspondientes a las actuaciones subvencionales contenidas en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas...
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Educacion, Universidades e Investigacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 17 de marzo de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se procede a publicar, para el ejercicio 2003, el plazo y las condiciones para la presentación de proyectos correspondientes a las actuaciones subvencionales contenidas en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida.
Mediante el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida, publicado en el BOPV de 30 de diciembre de 2002, se procedió a establecer el marco de ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, ha puesto en práctica para subvencionar aquellas actuaciones que se lleven a cabo para desarrollar actividades de aprendizaje útil realizadas en cualquier ámbito del conocimiento, en el contexto del aprendizaje a lo largo de toda la vida, con la finalidad de promover la ciudadanía activa, aumentando el nivel de conocimientos, competencias y aptitudes de las personas mayores de 25 años.
Los proyectos de aprendizaje permanente, podrán ser objeto de actuación interinstitucional, y serán de dos tipos. De un lado, los que hagan referencia a una iniciativa, acción o actuación específica de aprendizaje a la que puedan acogerse las personas interesadas, de forma individual. De otro lado, los que desarrollen y fomenten iniciativas, acciones o actuaciones de aprendizaje en ámbitos locales o comarcales.
Por otra parte, el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece que una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o en su caso establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquéllas que fueron en su momento reguladas con vigencia indefinida.
Por todo ello,
DISPONGO:
Primero.¿ Poner en conocimiento de los posibles beneficiarios que las actuaciones subvencionales contenidas en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida, se mantienen vigentes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba