ORDEN de 10 de abril de 2013, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, mediante la que se señalan el plazo y el lugar de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 75/1998, de 21 de abril, por el que se regulan las ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y PolÍTica Territorial
Rango de LeyOrden

El artículo 1.4 del Decreto 75/1998, de 21 de abril, por el que se regulan las ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales, dispone que las convocatorias periódicas para la concesión de ayudas se realizarán mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial.

La Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, habilitó crédito para esta finalidad y en virtud de lo dispuesto en los artículos 127 a 134 del Título IX «El Régimen de prórroga» del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, han sido prorrogadas las partidas presupuestarias con dotación para responder a la presente convocatoria.

En su virtud,

Artículo 1 – El plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 75/1998, de 21 de abril, por el que se regulan las ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales, es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Para la concesión de las referidas ayudas se destinará un total de 1.220.000 euros, de los cuales 20.000 euros serán para el ejercicio 2013 y 1.200.000 euros para el ejercicio 2014.

Artículo 2

– Estas ayudas se acogerán a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis («Diario Oficial de la Unión Europea» L379 de 28-12-2006), excepción hecha, en particular, de las ayudas concedidas a empresas en crisis en el sentido de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de...

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